Reconocer los derechos de los pueblos indígenas incluye respetar sus territorios
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA
Número 743
26 de octubre de 2018
- Cuentan con pocas o nulas vías legales para defender su desarrollo cultural y alimentario
Las afectaciones territoriales provocadas por corporaciones extranjeras atentan contra la supervivencia de los pueblos indígenas, que además cuentan con pocas o nulas vías legales para defender su desarrollo cultural y alimentario, advirtió la doctora Elisa Cruz Rueda, profesora-investigadora de la Universidad Autónoma de Chiapas.
En la charla Derecho a la diversidad cultural. Derecho indígena a 28 años del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) mencionó que se trata del único instrumento de carácter mundial que obliga a los Estados a presentar informes periódicos sobre la situación de las comunidades afectadas y, en caso de encontrarse en peligro, permite a la sociedad emitir reclamos legales, habilitándola a judicializar procesos.
Cruz Rueda refirió su experiencia de trabajo en la zona del Istmo de Tehuantepec, que ha experimentado una serie de cambios en el paisaje por la instalación de infraestructura de empresas del rubro de la energía eólica, lo cual es un ejemplo de desinformación de los habitantes, cuyo derecho a la consulta es violado, por lo que comenzaron a organizarse para contrarrestar daños al entorno.
Esas comunidades son muy activas y han emprendido acciones para detener a firmas canadienses, “que lastimaban los caminos al realizar actividades de minería a cielo abierto con las subsecuentes implicaciones medioambientales: contaminación del agua con ácidos que alimentaba los ejidos, ante lo cual interpusieron un recurso de amparo”.
En el Coloquio de Ciencias Sociales, que organizó el Departamento de Ciencias Sociales de la Unidad Cuajimalpa de la UAM, la doctora Erika Bárcena Arévalo, becaria postodoctoral en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México, señaló que los procesos de judicialización tienden a despolitizar los movimientos sociales, por ello aconsejó que “los abogados debemos entender que la gente dicta las pautas a seguir, nosotros sólo ofrecemos nuestro conocimiento en beneficio de su territorio”.
En la conferencia Uso crítico del derecho en la lucha de los pueblos indígenas en Michoacán. La experiencia del colectivo Emancipaciones, se refirió a su experiencia de trabajo que inició en 2011 acompañando a la comunidad purépecha de Cherán, que exigió se respete su derecho a la libre autodeterminación, derivado de su oposición a la tala clandestina y deforestación causada por grupos del crimen organizado.
Habían sido reportados homicidios, secuestros y cobro de uso de piso y al no haber respuesta o apoyo gubernamental ellos mismos organizaron comisiones para tomar el control del municipio, luego se convirtieron en el primer ayuntamiento del país en poder elegir a sus autoridades de acuerdo con sus usos y costumbres, lo cual fue un ejemplo de cómo la política debe ir encima del derecho”, externó durante el acto realizado en la Sala de Consejo Académico.
El doctor Agustín Ávila Méndez, académico del Colegio de San Luis Potosí A. C. (COLSAN), comentó que las recientes reformas constitucionales en materia de derechos y cultura indígena reabrió la polémica sobre si esas comunidades son sujetos de derecho, pues “no queda claro quiénes son los titulares de esos derechos, por lo que deben quedar bien asentados a partir de la elaboración correcta de leyes secundarias”.
En la ponencia Cartografía comunitaria y jurisdicción indígena. La lección de la Huasteca, recordó que las minorías deberían tener asegurado el derecho a la existencia porque es lo que alimenta la democracia, ya que “en México hay un gran desconocimiento sobre cuántas comunidades indígenas hay, no se saben sus características o dimensiones y por eso es imposible otorgarles una respuesta precisa y contundente a sus necesidades”.
La doctora Akuavi Adonon Viveros, profesora-investigadora de la Unidad Cuajimalpa de la UAM, expuso que en la Constitución de la Ciudad de México se incluyó un apartado sobre los pueblos originarios y comunidades indígenas en el que si bien se les reconoce desde un inicio como sujetos colectivos de derecho público con patrimonio propio no establece reglas o posturas claras en los procesos de urbanización o de cuidado del medio ambiente, pues “se omite una perspectiva fundamental de esas comunidades, comenzando porque la constitución nunca fue sometida a consulta para avalarla, por lo que la legislación plantea varios retos y tensiones vinculados a la exclusión social”.
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